Casación rechazó el relato del Gobierno sobre la dictadura: «Un ataque sistemático a la población»

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las penas a militares y policías que fueron condenados en 2017, en uno de los juicios que se realizaron en Tucumán sobre el Operativo Independencia. Lo más relevante de la decisión de los magistrados que integran la Sala II fue poner el acento en que en Tucumán hubo «un ataque sistemático a la población civil» que luego se trasladó al resto del país. Es decir, que no fue «una defensa contra los terroristas del ERP», como lo sostuvo la vicepresidenta Victoria Villarruel, el 29 de mayo último, Día del Ejército.

La mención de la presidenta del Senado de la Nación no fue casual. Su padre, Eduardo Marcelo Villarruel, que falleció en 2021, participó del Operativo Independencia y por su actuación recibió un diploma de honor, en mayo de 1976, que lleva la firma del exgobernador tucumano Antonio Domingo Bussi. Por entonces era jefe de la V Brigada de Infantería y en 2008 fue condenado por crímenes de lesa humanidad. Sobre esa etapa dolorosa de la historia argentina reciente, Villarruel y otros miembros del Gobierno suelen señalar que «fue una guerra», lo que fue desestimado esta vez por el máximo tribunal penal del país.

La intervención y la definición de la Sala II fue en el marco de su rechazo a revertir las absoluciones, como reclamaban la fiscalía y las querellas, para los condenados -por parte del Tribunal Oral Federal de Tucumán- Jorge Lazarte, Ricardo Sánchez, Néstor Castelli y Manuel Vila, tal como se desprende del fallo al que accedió Ámbito.

Los camaristas Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci revisaron la sentencia del TOF, de 2017, y señalaron que durante el Operativo Independencia, que se inició en febrero de 1975, «la provincia de Tucumán se convirtió en un terreno de entrenamiento y aprendizaje por parte de las fuerzas nacionales, en donde al amparo de la Doctrina de Seguridad Nacional se ensayó la desaparición forzada de personas y otras graves violaciones sistemáticas a los derechos humanos, modalidad que se extendió con posterioridad al resto del país», tras el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.

En el fallo de 1071 fojas, los camaristas destacaron también que «a partir de un estricto entendimiento de la normativa y actual jurisprudencia nacional e internacional sobre la materia, ninguna duda cabe que estos acontecimientos, ocurridos con suficiente repetición como para configurar un ataque sistemático o generalizado a un sector de población civil, constituyen un crimen de lesa humanidad». De este modo, la decisión se contrapone al spot que difundió el Gobierno el 24 de marzo de este año, fecha del golpe de Estado, con el que cuestionó el número de desaparecidos y le restó importancia a los crímenes de lesa humanidad.

En sus fundamentos, Slokar argumentó que «resulta cristalino que el Operativo Independencia tuvo, además, una faceta productiva: las fuerzas armadas a sumieron la tarea de disciplinar a la población tucumana, mediante crímenes de lesa humanidad, buscando imponer la dominación y el control estatal en un territorio de fuerte radicalización política». Y se refirió a esos meses como «los sucesos ocurridos con anterioridad al golpe de estado cívico-militar concretado el 24 de marzo de 1976 y que configuraron la antesala del genocidio perpetrado en el país entre aquella fecha y 1983. Fue el inicio de una política institucional con la luctuosa práctica de la desaparición de personas».

En el caso de Yacobucci, destacó que en todos los casos analizados se trataba de crímenes de lesa humanidad. «Los sucesos que aquí se imputan, sin perjuicio de integrarse temporalmente al ejercicio de la potestad de un gobierno democráticamente elegido, fueron cometidos por agentes del Estado en el marco de un ataque generalizado contra la población, que trascendió el empeño en responder a la violencia de grupos irregulares armados», señaló. «Aún frente a la actuación violenta de grupos armados, ello no justifica legalmente cualquier metodología de reacción estatal», agregó.

De los diez condenados en 2017, tres murieron y dos fueron declarados incapaces, por lo que Casación ratificó las sentencias de los militares Jorge Lazarte, Néstor Castelli y Enrique del Pino y de los policías Manuel Vila y Ricardo Sánchez.

Por David Correa, en Ámbito

Dejá tu comentario. [Nos reservamos el derecho de eliminar los contenidos ofensivos o discriminatorios.]

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

x

Check Also

Referentes de DDHH entregaron un petitorio para liberar a los detenidos reprimidos en el Congreso

Una comitiva de referentes de Derechos Humanos, diputados, legisladores y dirigentes del kirchnerismo y de la izquierda presentaron hoy un petitorio ...